Resumen del Artículo 283 bis g)

Artículo 283 bis g) del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — bis g). Ejecución de la medida de acceso a fuentes de prueba. 1. En caso de que sea acordada por el tribunal, la prestación de caución será siempre previa a cualquier acto de cumplimiento de la medida acordada. 2. El tribunal empleará los medios que fueran necesarios para la…

LECVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 283 bis g)

1. En caso de que sea acordada por el tribunal, la prestación de caución será siempre previa a cualquier acto de cumplimiento de la medida acordada.

2. El tribunal empleará los medios que fueran necesarios para la ejecución de la medida acordada y dispondrá lo que proceda sobre el lugar y modo en el que haya de cumplirse. En particular, cuando la medida acordada consista en el examen de documentos y títulos, el solicitante podrá acudir asesorado por un experto en la materia, que actuará siempre a su costa.

3. De ser necesario podrá acordar mediante auto la entrada y registro de lugares cerrados y domicilios, y la ocupación de documentos y objetos que en ellos se encuentren.

4. A instancia de cualquiera de las partes el tribunal dictará providencia dando por terminada la práctica de la medida.

Norma publicada: 7 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 283 bis g)

¿Qué dice el Artículo 283 bis g) del LEC?

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¿El Artículo 283 bis g) del LEC está vigente?

El artículo 283 bis g) del LEC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 283 bis g) dentro del LEC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO V › SECCIÓN 1.BIS.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 283 bis g)?

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